Verifactu y el alquiler de autocaravanas: qué cambia

Verifactu y el alquiler de autocaravanas: qué cambia

Verifactu obliga a tu empresa de alquiler de autocaravanas a emitir facturas con un software que garantice que no se pueden borrar ni manipular, y que en su modalidad principal envía cada factura a la Agencia Tributaria en el mismo momento de emitirla. Si gestionas una flota pequeña de campers y todavía facturas con una hoja de cálculo o un programa que no esté adaptado, esto te afecta. El sistema Verifactu nace de la Ley Antifraude y cambia la herramienta con la que generas cada factura de alquiler. No es lo mismo que la facturación electrónica obligatoria entre empresas, aunque ambas lleguen casi a la vez y a menudo se confundan. Aquí separamos las dos cosas y vemos qué tienes que hacer, con qué plazos y con qué software, sin entrar en supuestos que no estén en la norma.

Qué es Verifactu y de dónde sale

Verifactu es el nombre coloquial del reglamento que regula los sistemas informáticos de facturación (SIF). Su base legal es la Ley 11/2021, conocida como Ley Antifraude, que modificó el artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria para exigir que los programas de facturación garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

El desarrollo concreto llegó con el Real Decreto 1007/2023, que aprobó el Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación, publicado en el BOE. La Orden HAC/1177/2024 fijó después las especificaciones técnicas: el formato del registro, la huella o hash que encadena cada factura con la anterior y el código QR que debe aparecer impreso.

La idea de fondo es sencilla. Cada factura genera un registro firmado que se enlaza con el siguiente, formando una cadena que delata cualquier modificación posterior. La Agencia Tributaria (AEAT) puede así detectar el llamado software de doble uso, esos programas que permitían llevar una caja B.

Verifactu no es la factura electrónica B2B

Conviene no mezclar dos obligaciones distintas que avanzan en paralelo. El sistema Verifactu regula cómo tu software genera y conserva las facturas, y se aplica tanto si facturas a un particular que alquila tu camper como si facturas a una empresa.

La facturación electrónica obligatoria entre empresas y autónomos viene de otra norma, la Ley 18/2022 (Crea y Crece), y obliga a intercambiar facturas en formato estructurado en operaciones B2B. Su reglamento todavía está pendiente de aprobación definitiva y tiene su propio calendario.

Para un operador de alquiler de vehículos esto significa algo práctico: Verifactu te afecta ya, porque casi todo tu volumen son facturas de alquiler que pasan por un programa. La factura electrónica B2B solo entrará en juego con la parte de tus clientes que sean empresas. Si quieres entender bien la base fiscal de tu actividad antes de elegir herramienta, repasa el epígrafe IAE para alquiler de vehículos sin conductor, que es donde encaja la mayoría de flotas de campers.

Modalidad Verifactu y modalidad no Verifactu

El reglamento contempla dos formas de cumplir, y elegir una u otra cambia tu carga de gestión:

  • Sistemas Verifactu (con envío): el programa remite cada registro de facturación a la AEAT de forma automática e inmediata. A cambio, las obligaciones de conservación se relajan, porque Hacienda ya tiene el dato.
  • Sistemas no Verifactu (sin envío): no remiten nada en tiempo real, pero deben incorporar firma electrónica, un registro de eventos más estricto y conservar todo a disposición de la Administración. La inspección puede pedir esos registros cuando quiera.

Para una flota de una a cinco autocaravanas, la modalidad con envío suele ser más cómoda. Te quita encima la responsabilidad de custodiar y demostrar la inalterabilidad, porque el registro ya viajó a Hacienda en el acto. En ambos casos, la factura impresa o en PDF debe llevar el código QR y, en la modalidad de envío, la leyenda "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT" o "VERI*FACTU".

Plazos: qué fecha te aplica a ti

Los plazos se han ido ajustando por vía reglamentaria. El calendario vigente distingue según tu forma jurídica:

SujetoFecha límite para usar software adaptado
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (sociedades, SL)1 de enero de 2026
Resto de obligados (autónomos en IRPF y demás)1 de julio de 2026

Los fabricantes de software, por su parte, tuvieron de plazo hasta el verano de 2025 para ofrecer productos conformes. Si montas ahora tu negocio, parte directamente de una herramienta adaptada y te ahorras la migración. La estructura jurídica que elijas, SL o autónomo, mueve tu fecha límite; lo desarrollamos en la guía sobre cómo montar una empresa de alquiler de autocaravanas. Confirma siempre la fecha exacta en la sede electrónica de la AEAT, porque es la fuente que manda.

Qué debe cumplir tu software de alquiler

El reglamento marca requisitos que tu programa de gestión tiene que respetar. Estos son los que importan a un operador de campers:

  1. Registro de facturación inalterable: cada factura genera un registro con huella encadenada al anterior.
  2. Código QR en cada factura, que permite verificarla.
  3. Registro de eventos: el sistema anota arranques, anomalías y exportaciones.
  4. Declaración responsable del fabricante que certifica que el software cumple la norma.
  5. Envío a la AEAT en tiempo real, si optas por la modalidad Verifactu.

Aquí aparece una ventaja para el sector. El alquiler de vehículos arrastra otra obligación pesada, la comunicación de contratos al registro SES.HOSPEDAJES del Ministerio del Interior según el RD 933/2021. Lo eficiente es no tener un programa para facturar y otro para los partes de viajeros. Si vas a cambiar de herramienta por Verifactu, aprovecha y revisa qué debe tener un software de alquiler de autocaravanas para cubrir ambas patas a la vez. Nuestro software Caravy integra la facturación adaptada y el envío automático a SES.HOSPEDAJES pensando justo en flotas pequeñas, y puedes contrastar opciones en el comparador de software.

Si tributas como autónomo y todavía estás dando los primeros pasos del alta, ten claro que la obligación de facturación electrónica conforme a Verifactu va ligada a tu condición de empresario; el proceso de darte de alta como autónomo y la elección de software conviene planificarlos juntos para no rehacer nada.

Consecuencias de no adaptarse

La Ley General Tributaria, tras la reforma de la Ley Antifraude, tipifica como infracción tanto fabricar o tener programas que no cumplan los requisitos como usarlos. Las sanciones recaen sobre el productor del software que no se adapta y también sobre quien emplea sistemas que permiten alterar registros. Hacienda ha situado este punto como una pieza central de su lucha contra el fraude, así que la verificación del software conforme es algo que cabe esperar en cualquier comprobación.

Esta información es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un gestor o un abogado. Antes de tomar decisiones, contrasta tu caso concreto con un profesional y con la documentación oficial de la AEAT.

Preguntas frecuentes

¿Verifactu es obligatorio para una empresa de alquiler de autocaravanas?

Sí. Cualquier negocio que emita facturas con un programa informático queda dentro del ámbito del reglamento. Las sociedades tienen como fecha de referencia el 1 de enero de 2026 y el resto de obligados el 1 de julio de 2026. Solo quedan al margen quienes ya facturan a través del SII (suministro inmediato de información), que tiene su propio régimen.

¿Verifactu y la factura electrónica obligatoria son lo mismo?

No. Verifactu regula cómo tu software genera, encadena y conserva cada factura. La factura electrónica obligatoria B2B procede de la Ley Crea y Crece y obliga a intercambiar facturas en formato estructurado entre empresas. Son normas distintas con calendarios distintos.

¿Tengo que enviar cada factura de alquiler a Hacienda en el momento?

Solo si eliges la modalidad Verifactu con envío. Es la opción que más simplifica la conservación, porque la AEAT ya guarda el registro. La alternativa sin envío evita la remisión inmediata, pero te exige firma electrónica y conservar todos los registros a disposición de una posible inspección.

¿Puedo seguir facturando con una hoja de cálculo?

No, salvo que ese sistema cumpla todos los requisitos del reglamento, algo que una hoja de cálculo corriente no hace. Necesitas un programa con declaración responsable del fabricante, registro inalterable, código QR y registro de eventos.

¿El software de Verifactu me sirve también para el SES.HOSPEDAJES?

No de forma automática: son obligaciones diferentes. Verifactu cubre la facturación y el RD 933/2021 cubre la comunicación de contratos de alquiler de vehículos al Ministerio del Interior. Existen herramientas que integran ambas, lo que te evita duplicar trabajo y errores.

El siguiente paso

Comprueba hoy mismo si tu programa de facturación actual aparece en el listado de sistemas con declaración responsable y, si no, pide a tu proveedor la fecha en que estará adaptado. Si vas a cambiar de herramienta, usa el comparador de software para elegir una que resuelva Verifactu y el SES.HOSPEDAJES en la misma plataforma antes de que llegue tu fecha límite.

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